Sindicales

Por gestión del SUTE, se logró evitar un nuevo incumplimiento de la DGE con los contraturnos de los celadores

La medida surgió tras una denuncia que fue realizada por los secretarios generales del SUTE de Las Heras, Carol Dimarco, de Guaymallén, Danilo Olguín, de Capital, Darío Geredus, y de Lavalle, Mariana Camargo.

Lunes, 1 de Agosto de 2022

Luego de una denuncia realizada el pasado 22 de junio por secretarios generales del SUTE, se logró que todos los contraturnos de los celadores autorizados por la Delegación Norte de la Dirección General de Escuelas (DGE), sean corridos y no se corten los fines de semana largos.

El documento fue presentado por los secretarios generales de SUTE Las Heras, Carol Dimarco, SUTE de Guaymallén, Danilo Olguín, SUTE de Capital, Darío Geredus, y SUTE de Lavalle, Mariana Camargo. Allí denunciaron el "incumplimiento de la Resolución 2021-2597-E-GDEMZA-DGE y la Resolución 924-DGE-2013". 

La medida se tomó luego de que distintos establecimientos, instruidos por la Delegación Administrativa de la DGE, autorizaran el procedimiento de suplencias de los celadores en contraturno, omitiendo la normativa antes mencionada. "La ilegalidad manifiesta que genera este hecho pone en riesgo inminente derechos y garantías explícitamente reconocidas por la Constitución Nacional", advirtieron en el escrito los secretarios generales del SUTE.


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Según detallaron desde el sindicato y conforme surge de la normativa mencionada, "la suplencia a contraturno es cuando un celador cubre una licencia no mayor a 20 días corridos de otro celador del turno contrario". Además, remarcaron que "resulta contrario a la razonabilidad del acto administrativo, disponer arbitrariamente procedimientos no reglados por la autoridad competente". 

En función de este reclamo, se llevó a cabo una reunión entre los secretarios generales del SUTE y el delegado regional de la DGE, Eduardo Andrade. Tras este encuentro, se logró que el organismo diera marcha atrás y se comprometiera a difundir un instructivo aclaratorio sobre el tema en cuestión.

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El comunicado de la DGE se conoció en las últimas horas, allí se aclara explícitamente que "todo celador tiene como máximo 20 días de contraturno para realizar mensualmente, sea cual fuere tarea a desarrollar solicitada". Además, tal como fue solicitado por los secretarios departamentales del SUTE, se hace hincapié que "no se cortarán los contraturnos excepcionales los fines de semana largos".

EL COMUNICADO COMPLETO

Cuestiones generales:

Los contraturnos son mensuales:

-Todo celador tiene como máximo 20 días de contraturno para realizar mensualmente, sea  cual fuere tarea a desarrollar solicitada.

-Los contraturnos sólo pueden realizarse por celadores dependientes de la Dirección General Escuelas. No permitidos celadores de escuelas de gestión privada, municipal, u ordenanzas de ningún otro organismo que no sea la DGE.

-Los contraturnos de limpieza general no pueden comenzar en fin de semana o feriado, a excepción de un pedido especial, como por ejemplo trabajar un fin de semana por obras de infraestructura en el edificio.

-Los contraturnos de sereno sí pueden comenzar en feriado o fin de semana.

-Todo contraturno debe cargarse en la planilla de GEM y se dispone de todo el mes para hacerlo, hasta el último día del mismo. Es decir que si el contraturno corresponde al mes de marzo, se tiene hasta el día 31 de marzo para cargarlo.

-En ningún caso podrá hacer contraturno el agente con tareas livianas.

-A partir del presente instructivo se informa que ya no se cortarán los contraturnos excepcionales los fines de semana largos.

-Contraturnos solicitados por licencias artículo 40°, 44°, 50° 7: Los solicitados por estos artículos, deben contar siempre con el certificado presentado por el celador que se encuentra de licencia, es decir que se van a autorizar tantos días como indique el certificado, para ello es necesario enviar foto del mismo al whatsApp del teléfono (2617151878).

-Si el certificado supera los 20 días o la licencia se extiende más allá de los 20 días, el directivo deberá llamar a otro celador para que realice el mismo a partir del día 21 y complete los días restantes al mes en curso.

Contraturnos de Serenos:

-Para estos casos, especialmente los nocturnos por razones de seguridad, los contraturnos podrán cumplir más de 5hs. (Ejemplos: de 00 a 06 ó 23 a 07) En estos casos, el directivo debe sumar las horas que realiza y dividirlas por 5, de esa manera se obtendrá la cantidad de días a cargar en el sistema.

-Se debe tener en cuenta que no se deberá exceder las 100 horas mensuales y en las que además se deben encontrar los 4 días de descanso correspondiente.


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